Dr. Jorge D. García, Ph.D., octubre 4, 2020
Denunciamos una vez más ante la opinión pública costarricense la campaña infame de desprestigio que, desde hace años, los diferentes medios de “comunicación” han emprendido en contra de los jubilados del Magisterio Nacional y de otros regímenes especiales de pensiones. El último y vergonzoso capítulo es la seguidilla de “noticias” desatada en estos días acerca de la decisión de la Sala Constitucional de ordenar el reintegro de rebajos improcedentes efectuados a 170 jubilados durante unas semanas en el año 2014, cuando Víctor Morales Mora, entonces Ministro de Trabajo, pretendió aplicar un tope a las jubilaciones con cargo al Presupuesto Nacional. El asunto había sido resuelto desde noviembre del 2018 por la misma Sala Constitucional, y la decisión reciente de ordenar el reintegro no es más que la consecuencia jurídica de ese fallo de la Sala, que declaró que poner topes a las jubilaciones no es en sí inconstitucional, mientras no sean retroactivos.
Pero la prensa, con saña tóxica e ignorancia prepotente, en su afán de enlodar a los jubilados magisteriales, no podía dejar pasar la oportunidad de usar la sentencia reciente de la Sala para atizar el rencor que contra nosotros ha sembrado en la población, publicando falsedades y verdades a medias, con el guiño populista de algunos políticos y figuras de gobierno. Pensionados de lujo, nos llaman, apodo convertido en manos de esos “periodistas” en arma asesina de reputaciones.
Tres ejemplos bastan para ilustrar: “1.1 billones es el gasto en pensiones de lujo”, muestra la pantalla del noticiero nocturno de Multimedios del 5 de octubre a lo largo de toda la nota. FALSO. Ese es el gasto anual de TODAS las jubilaciones con cargo al Presupuesto.
Nos “informa” REPRETEL: “Ministerio de Trabajo y Seguridad Social califica de obstáculo la decisión de la Sala Constitucional”. Ese mismo Ministerio está al tanto de que en éste momento se tramita un proyecto de ley que impone nuevamente topes a las jubilaciones, en línea con el fallo del la Sala Constitucional del 2018, por lo que esa salida no es más que, o ignorancia supina, o populismo del más barato, así como un irrespeto a la independencia de poderes.
Y nos “informa” también La República.Net: “Lamenta (el presidente de la Asamblea Legislativa) retroceso con pensiones de lujo”. ¿Cuál retroceso, señor diputado? ¿O es que no está Ud. al tanto del proyecto 21 345, del mismo diputado Morales Mora, que avanza para imponer topes a las jubilaciones y que pronto llegará al plenario, sin que la sentencia de la Sala le imponga obstáculo alguno?
Ante tales sesgos y atropellos a la verdad, presentamos de nuevo a los costarricenses los hechos y verdades acerca de nuestro Régimen Transitorio de Reparto (RTR).
1) El Magisterio Nacional cotizó de manera puntual e ininterrumpida para su régimen de jubilaciones, según ley 2248, desde 1958, y hasta 6 veces más de lo que cotizaron los contribuyentes al IVM de la CCSS. Si una “pensión de lujo”, como afirman nuestros críticos, es aquella para la que no se cotizó, ¡LAS JUBILACIONES DEL MAGISTERIO NO SON “DE LUJO”!
2) EL ESTADO COSTARRICENSE SE APROPIÓ INDEBIDAMENTE DE LAS COTIZACIONES MAGISTERIALES Y LAS DESVIÓ A GASTO ORDINARIO. También gastó lo que correspondía por mandato constitucional a cotizaciones patronales y estatales, dando como resultado la inexistencia del fondo contra el cual debieron cargarse nuestras jubilaciones. Es por eso que tuvo que hacerse cargo del pago de las mismas, QUE NUNCA DEBIERON DE CARGARSE AL PRESUPUESTO NACIONAL, ni son las responsables del déficit fiscal.
3) El RTR cuenta con poco más de 44 400 jubilados, con una JUBILACIÓN PROMEDIO de 1 110 991 colones, mucho menor que el tope del IVM CCSS sin postergación (1 500 000 colones), y EL 80% DE LOS JUBILADOS DEL RTR RECIBEN MONTOS JUBILATORIOS MENORES A ESE MONTO, AUNQUE COTIZARON MUCHO MÁS QUE LOS CONTRIBUYENTES AL IVM CCSS.
4) SOLO UN 1.79% DEL TOTAL DE LOS JUBILADOS DEL RTR (790 de esos 44 400) DEVENGAN MONTOS BRUTOS SUPERIORES AL TOPE LEGAL DE 4 MILLONES, y con las deducciones de ley (renta, cotización, seguro enfermedad y maternidad, contribución solidaria) SE LES APLICARON, HASTA HACE MUY POCO, DEDUCCIONES TOTALES DE HASTA UN 69% a las jubilaciones más altas (un total de 70). Cabe la pregunta: ¿cuántos de los mega millonarios y grandes capitales de éste país contribuyeron, mes a mes, con un 69% de sus ingresos?
5) Las jubilaciones del RTR habían sido gravadas con una CONTRIBUCIÓN SOLIDARIA DESDE 1991 (LEY 7268), CONTRIBUCIÓN QUE ALCANZÓ HASTA EL 75% PARA EXCESOS SOBRE EL TOPE ( LEY 7531 de 1995). O sea, tenemos décadas de ser solidarios.
6) Algunos diputados, inspirados por la campaña de descrédito y desinformación de los “medios de comunicación”, espoleados por la misma prensa, y sin noción aparente de los gravámenes que ya pesaban sobre las jubilaciones del RTR, presentaron proyectos de ley conducentes a su precarización, bajo la guisa de “guerra a las pensiones de lujo”. Incomprensiblemente, en lo que pasará a la historia como uno de los despropósitos legislativos más monumentales, la ley 9796, de reciente aprobación, impulsada por la diputada Xiomara Rodríguez, “logró” gravar desproporcionadamente los tramos jubilatorios medios y bajos el RTR, al tiempo que dejó intactas, o concedió sumas millonarias adicionales, ¡a las jubilaciones más elevadas!
Costarricenses: Es con profundo respeto a la inteligencia y al carácter de nuestro pueblo que hacemos estas aclaraciones. No somos políticos, tampoco sinvergüenzas ni vividores. Somos en mayoría académicos, algunos connotados y galardonados con distinciones internacionales y Premios Nacionales, que hicimos de la docencia y la investigación nuestro propósito de vida, para contribuir al país en la medida de nuestras capacidades y formar los cuadros profesionales y técnicos que hoy sirven a la sociedad; nos duele e indigna constatar cómo se manipula e intoxica la opinión pública en contra nuestra, máxime cuando existe evidencia concreta de que lo que se esconde, tras la ofensiva contra nuestras jubilaciones, es la intención de lograr el cierre de los regímenes especiales, para redireccionar los fondos todavía existentes (RCC del Magisterio y del Poder Judicial), que suman billones de colones, y que, como se ha dado a conocer recientemente en el caso de la reserva del IVM CCSS, sean usados por grandes intereses económicos para la compra de sus títulos valores o financiamiento de sus iniciativas.